Red latino americana y caribeña por la defensa de los derechos de los niños, niñas y adolescentes : REDLAMYC

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Todos los derechos para todos los niños, niños y adolescentes

 Ultima actualización :   13/06/2010          

Seguimiento de las recomendaciones surgidas del Estudio de Violencia de las NNUU


  


Designación de Representante especial del Secretario sobre violencia contra los niños, niñas de NNUU¡

 

 

1) Designación del Representante Especial sobre la Violencia contra los Niños y Niñas

 

2) Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos confirmando la obligación de los Estados de prohibir el castigo corporal contra los niños y niñas

 

 

 

1) Designación del Representante Especial sobre la Violencia contra los Niños y Niñas

Marta Santos Pais fue designada la Representante Especial sobre la Violencia contra los Niños y Niñas en la ONU

 

El viernes 1º de mayo el Secretario General de las Naciones Unidas designó a Marta Santos Pais como su Representante Especial del Secretario del Organismo sobre la Violencia contra los Niños y Niñas.

 

Tres años después del Estudio sobre la violencia contra niños y niñas se cumple una de sus  recomendaciones, muy esperada por la comunidad internacional.

 

La Representante Especial del Secretario General está esperado "[actuar] como promotora mundial prominente de los derechos del niño para impulsar la prevención y eliminación de toda forma de violencia contra los niños" (Estudio, párr. 120), y es un paso fundamental para el cumplimiento de las demás recomendaciones del Estudio.

 

El mandato del Representante Especial es de 3 años; será basada en Nueva York, con el apoyo administrativo de la UNICEF, y contribuciones voluntarias de los Estados para su financiamiento.

Marta Santos Pais, de nacionalidad portuguesa, es desde 2001 directora del Centro de Investigación de la UNICEF (Innocenti Research Centre). Estuvo también Asesora Especial del Informe Graça Machel sobre las Repercusiones de los conflictos armados en los niños, y miembro del Comité de los Derechos del Niño. Su nombramiento fue saludado por todos los miembros del Consejo Internacional de ONGs para el seguimiento del estudio de violencia, formado por representantes de todos los continentes.

Este evento marca un paso fundamental para el seguimiento del Estudio.

Comunicado de Prensa del Secretario General acerca de la designación:: http://www.un.org/News/Press/docs/2009/sga1182.doc.htm

 

Estudio Pinheiro sobre la violencia contra niños y niñas:

http://www.unicef.org/violencestudy/spanish/reports/SG_violencestudy_sp.pdf

 

 

 

2) Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos confirmando la obligación de los Estados de prohibir el castigo corporal contra los niños y niñas

 

Contestando a la solicitud de Opinión Consultativa de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos emitió el 27 de enero de 2009 una Resolución, donde estableció que no dará respuesta a la solicitud, ya que de “la jurisprudencia del Tribunal se desprenden los criterios en relación con los puntos expuestos en dicha consulta”.

 

La Resolución se refiere principalmente a la Convención sobre los Derechos del Niño, a la Observación General No 8 del Comité de los Derechos del Niño de la ONU (“El derecho del niño a la protección contra los castigos corporales y  otras formas de castigo crueles o degradantes”) y a la jurisprudencia de la Corte, para confirmar las obligaciones que tienen los Estados miembros de la Organización de los Estados Americanos (OEA) para prohibir y eliminar todas las formas de castigo corporal contra los niños y niñas. El principio del interés superior del niño está central tanto en la argumentación de la Comisión como en la de la Corte.

 

Esta posición de la Corte Interamericana va en el sentido del Informe del experto independiente de las Naciones Unidas para el estudio de la violencia contra los niños, que identifica las prácticas de castigo corporal como forma de violencia contra los niños y niñas en los diferentes ámbitos analizados (a parte de la violencia en la comunidad, que no menciona específicamente el castigo corporal).

 

La decisión de la Corte Interamericana, que solicita a los Estados la prohibición del castigo corporal en los diferentes ámbitos, es un paso importante a nivel regional hacía el cumplimiento de las recomendaciones del Estudio de violencia, y por ende de los derechos de los niños y niñas.

 

Texto completo de la Resolución de la Corte Interamericana de Derechos Humanos: http://www.corteidh.or.cr/docs/asuntos/opinion.pdf

 

 

 

Boletín elaborado con la colaboración de Tuline Gülgönen de la Red por los Derechos de la Infancia en México.

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